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¿Estás pensionado o próximo a hacerlo?

La nueva Reforma de Pensiones incluye importantes mejoras para quienes ya están pensionados o están próximos a hacerlo. Aquí te contamos los principales beneficios y desde cuándo comienzan a aplicarse.


Desde septiembre de 2025, la Pensión Garantizada Universal (PGU) aumentará a $250.000, con un ajuste gradual según la edad. Actualmente, el monto es de $224.004.

Requisitos:

A continuación, lo invitamos a revisar los requisitos y verificar si puede acceder a este beneficio: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/102077-pension-garantizada-universal-pgu


A partir de enero de 2026, las mujeres recibirán un monto adicional en su pensión para compensar la diferencia en su pensión respecto de los hombres por su mayor expectativa de vida. El monto será del 100% si se jubilan a los 65 años y disminuirá gradualmente si se pensionan antes, llegando al 5% si lo hacen a los 60 años.
Las pensionadas por invalidez recibirán el 100% del beneficio sin importar la edad en que se hayan pensionado, siempre que no se encuentre cubierta por el el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Porcentaje de bono según edad de pensión

Requisitos:

  • Ser mujer y tener más de 65 años.
  • Recibir una pensión de vejez o invalidez a través del sistema de AFP.
  • Que la Pensión de invalidez no haya estado cubierta por Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
  • Estar afiliada al sistema antes del 1 de agosto de 2025, o bien: Si se afilia después de esa fecha, debe tener al menos una cotización en el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) antes de cumplir los 50 años.

Importante:

  • Las mujeres que se pensionen por vejez antes de los 60 años no accederán a la compensación por expectativa de vida.
  • El beneficio se extingue al fallecer la beneficiaria y no es heredable.
  • Se suspende si está fuera del país más de 180 días en un año calendario. Para reanudarlo, debe acreditar ante el IPS haber permanecido en Chile al menos 180 días antes de la solicitud.

Desde enero 2026, se entregará un beneficio a quienes se pensionen por vejez o invalidez y cumplan 65 años, tanto hombres como mujeres. El monto será de 0,1 UF por cada año cotizado, con un tope de 2,5 UF, y se pagará automáticamente a quienes cumplan los requisitos.

Requisitos:

  • Tener 65 años o más.



  • Recibir una pensión de vejez o invalidez en una AFP.



  • No pueden acceder quienes se pensionen a través de Capredena o Dipreca. 



Importante:

  • El beneficio se extingue al fallecer el beneficiario y no es heredable.
  • Se suspende si el beneficiario está fuera del país más de 180 días en un año calendario. Para reanudarlo, debe acreditar ante el IPS haber permanecido en Chile al menos 180 días antes de la solicitud.