¿Qué es el Seguro Social Previsional (SSP)?

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La Reforma de Pensiones crea un nuevo Seguro Social Previsional (SSP), que busca mejorar las pensiones y entregar una protección adicional a los trabajadores y pensionados. Este seguro será financiado a través del nuevo aporte que hará el empleador y entregará beneficios permanentes como transitorios.

¿Desde cuándo funciona el Seguro Social Previsional?

El Seguro Social Previsional comenzó a operar el 1 de agosto de 2025. Desde esa fecha quedarán automáticamente incorporados:

Los pensionados por vejez e invalidez y quienes ya cotizan en el sistema antes del 1 de agosto de 2025.

Los nuevos trabajadores dependientes e independientes que se incorporen al mercado laboral desde esa fecha.

¿Cómo se financia el Seguro Social Previsional?

Con parte del 8,5% adicional que aportará el empleador.

De ese total, un 4% irá al Seguro Social Previsional y el resto a la cuenta individual del trabajador.

Beneficio por Años Cotizados

Desde enero 2026, se entregará un beneficio a quienes se pensionen por vejez o invalidez y cumplan 65 años, tanto hombres como mujeres. El monto será de 0,1 UF por cada año cotizado, con un tope de 2,5 UF, y se pagará mensual y automáticamente a quienes cumplan con los requisitos.

Podrán acceder:

Deben haber cotizado al menos 10 años (120 meses), ya sea de forma continua o discontinua*.

Se requiere un mínimo de 20 años (240 meses) cotizados, continuos o discontinuos.

(*) El beneficio por años cotizados para mujeres aumentará gradualmente a partir de diciembre de 2027, hasta alcanzar 180 meses (15 años). Transcurridos 20 años desde su inicio, dicho beneficio disminuirá progresivamente hasta extinguirse al cumplirse 30 años.

Compensación por diferencia de Expectativa de Vida

A partir de enero de 2026, las mujeres recibirán un monto mensual adicional en su pensión para compensar la diferencia en su pensión respecto de los hombres por su mayor expectativa de vida. Este beneficio busca igualar lo que habrían recibido si, al pensionarse, fueran hombres con la misma edad, grupo familiar y saldo de ahorro individual. El monto será del 100% si se jubilan a los 65 años y disminuirá gradualmente si se pensionan antes, llegando al 5% si lo hacen a los 60 años. 

Las pensionadas por invalidez recibirán el 100% del beneficio sin importar la edad en que se hayan pensionado, siempre que no se encuentren cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Este seguro ya existe y protege a los trabajadores en caso de invalidez o fallecimiento. A partir de 2026, pasará a ser parte del Seguro Social Previsional y se financiará con este fondo.

Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP)

Este aporte se destina a financiar el Beneficio por Años Cotizados mientras dicho beneficio esté vigente. Al momento de pensionarse, el monto acumulado será devuelto al cotizante en cuotas iguales durante 20 años, con un rendimiento mínimo garantizado.

Asimismo, una vez transcurrido el período de 30 años, el total de esta cotización (1,5%) se incorporará directamente a la Cuenta Obligatoria de cada trabajador.