Ley de Pago de Pensiones de Alimentos: lo que debes saber – Tu Guía Vital

Ley de Pago de Pensiones de Alimentos: lo que debes saber

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La Ley N° 21.484 de Responsabilidad Parental permite exigir el pago de pensiones de alimentos adeudadas por medio de la retención de los fondos de las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros que posea el padre o madre deudor. La ley entró en vigor el 20 de mayo de 2023.

La nueva ley estableció un mecanismo de pago permanente de la deuda de pensión de alimentos un procedimiento especial para el cobro de las pensiones de alimentos adeudadas, que debe tramitarse ante un tribunal competente. Este mecanismo extraordinario se aplica en dos casos:

  • Si existe al menos una mensualidad que no se ha pagado, las personas a quienes se debe la pensión de alimentos (o sus representantes legales si son menores) podrán solicitar al tribunal correspondiente que ordene el pago de la deuda a través de los fondos que el alimentante tenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión o en las cuentas de ahorro previsional voluntario (APV y cuenta 2).
  • Si la deuda es de tres pagos de pensiones continuas o discontinuas y el deudor no tiene fondos (o son insuficientes) en cuentas bancarias, inversiones o de ahorro voluntario, la parte alimentaria podrá solicitar al tribunal que ordene el pago con el saldo del ahorro obligatorio.

Te invitamos a conocer en qué consiste la nueva Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, a través de preguntas y respuestas en Tu Guía Vital, la web que hemos preparado para resolver tus dudas más frecuentes.

¿A quiénes beneficia esta ley?

A personas a quienes se les debe al menos una mensualidad de pensión de alimentos fijada por un tribunal con competencias en familia.

¿Cómo se asegura el pago de las pensiones de alimentos atrasadas?

El representante legal del menor a quien se debe la pensión de alimentos podrá pedir al tribunal la retención de los fondos que el deudor tenga en cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros (como fondos mutuos o depósitos a plazo, entre otros) y cuentas de ahorro previsional voluntario. La deuda se pagará con estos fondos.

¿Puedo solicitar la retención si no tengo información de las cuentas del deudor?

El tribunal de familia es el encargado de investigar el patrimonio de la persona alimentante deudora. Para eso, recurrirá a la información que tienen la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos y otros servicios del Estado que considere pertinente.

Para el cumplimiento de esta ley, las administradoras de fondos de pensiones habilitarán un sistema de interconexión con los tribunales, que permita a los jueces conocer los saldos en las cuentas personales de los deudores.

¿Qué pasa si el deudor no tiene fondos en sus cuentas bancarias o inversiones, ni ahorro previsional voluntario?

Si la deuda por pensión de alimentos es por tres o más mensualidades y el deudor no tiene fondos en cuentas bancarias, APV o inversiones (o no son suficientes para el pago total de la deuda), entonces el tribunal deberá ordenar el pago usando los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual obligatoria del deudor en la AFP.

¿Cuál es el plazo que tiene la AFP para hacer efectivo el pago de la deuda de alimentos con los fondos previsionales de la persona deudora?
  • El pago de la deuda con fondos de cuentas voluntarias debe materializarse en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que ordena el pago.
  • El pago de la deuda con fondos de cuentas obligatorias debe materializarse en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la resolución que ordena el pago.
¿Cómo pagará la AFP la deuda de alimentos?

El pago debe realizarse mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria informada en la resolución que ordena el pago de la deuda liquidada. Si no es posible realizar la transferencia, el pago se hará mediante depósito en la cuenta consignada en la resolución.

¿Existe un límite para el pago de la deuda de pensión de alimentos con los fondos de la AFP?
  • Si la persona deudora se encuentra a 15 años o menos de cumplir la edad legal para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder el 50% de los fondos acumulados en su cuenta.
  • Si la persona deudora se encuentra a más de 15 años y menos de 30 años de cumplir la edad legal para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder más del 80% de los fondos acumulados en su cuenta.
  • Si la persona deudora se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder más de un 90% de los fondos acumulados en su cuenta.
¿Hay algún sitio web para hacer la solicitud de pago con fondos previsionales?

La solicitud de pago debe hacerse ante el tribunal de familia y es el tribunal el que debe realizar la liquidación de la deuda y ordenar el pago a la administradora. Se puede pedir la liquidación de la deuda por pensión de alimentos en la página Tramite Fácil del Poder Judicial. Debes tener presente que sólo el tribunal de familia puede ordenar el pago.

¿Cómo se relaciona la Ley sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos con el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?

Tanto la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensión de Alimentos como la Ley que establece el Registro Nacional de Deudores persiguen lograr el pago de las pensiones de alimentos en Chile. El Registro Nacional de Deudores crea incentivos para el pago de deudas a través de sanciones a la morosidad mientras que la Ley de Responsabilidad Parental establece un mecanismo de pago efectivo de las pensiones de alimentos adeudadas.

Si una persona está en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, ¿se pueden pedir sus fondos directamente a la AFP?

El representante legal de los menores a quienes se adeudan alimentos debe solicitar la retención de los fondos al tribunal, no basta con que la persona deudora esté en el Registro. El tribunal primero verificará si hay fondos en cuentas bancarias, inversiones financieras o ahorro voluntario. Sólo si no los hay, ordenará el pago con los fondos en la cuenta obligatoria de la AFP.

Si el deudor está pensionado, ¿igual se descuentan fondos de su cuenta para el pago?

Si el afiliado deudor está pensionado por vejez, vejez anticipada, invalidez total, invalidez parcial o por enfermedad terminal, sólo se rebajará el saldo de sus cuentas cuando no se trate de los fondos que están destinados al pago de la pensión.

¿Qué pasa si la persona deudora afiliada (no pensionada) fallece?

La AFP tomará conocimiento y comunicará el hecho al tribunal para dar curso a las pensiones de sobrevivencia, pago de cuota mortuoria y solicitud de herencia de acuerdo con la regulación vigente.


¿Tienes alguna duda o comentario?

Te invito a que me visites en planvital.cl y así poder resolver todas tus dudas.

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