La nueva Ley de Responsabilidad Parental permitirá exigir el pago de pensiones de alimentos adeudadas por medio de la retención de los fondos de las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros que posea el padre o madre deudor. Esta ley entrará en vigor seis meses después de la plena vigencia de la ley que crea el Registro Nacional de Deudores en noviembre de este año, de modo que este mecanismo de cobro podría comenzar a usarse en mayo de 2023.
A continuación, te invitamos a conocer en qué consiste la nueva Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, a través de preguntas y respuestas:
1- ¿A quiénes beneficia esta ley?
A personas a quienes se les debe al menos una mensualidad de pensión de alimentos fijada por un tribunal con competencias en familia.
2- ¿Cómo se asegura el pago de las pensiones de alimentos atrasadas?
El representante legal del menor a quien se debe la pensión de alimentos podrá pedir al tribunal la retención de los fondos que el deudor tenga en cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros (como fondos mutuos o depósitos a plazo, entre otros) y cuentas de ahorro previsional voluntario. La deuda se pagará con estos fondos.
3- ¿Puedo solicitar la retención si no tengo información de las cuentas del deudor?
En una primera etapa, el Tribunal de Familia será el encargado de investigar el patrimonio de la persona alimentante deudora. Para eso, recurrirá a la información que tienen la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos y otros servicios del Estado que considere pertinente.
4- ¿Qué pasa si el deudor no tiene fondos en sus cuentas bancarias o inversiones, ni ahorro previsional voluntario?
Si la deuda por pensión de alimentos es por tres o más mensualidades y el deudor no tiene fondos en cuentas bancarias, APV o inversiones (o no son suficientes para el pago total de la deuda), entonces el tribunal deberá ordenar el pago usando los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual obligatoria del deudor.
5- Si el acuerdo con el deudor es de palabra, ¿puedo usar este procedimiento especial de pago?
El mecanismo es para pensiones de alimentos atrasadas que hayan sido fijadas por un Tribunal y sobre las que no haya ningún recurso pendiente. Si la deuda es por más de una mensualidad, el tribunal es el que determina el monto adeudado.
6- ¿Hay requisitos para que el pago de la deuda de pensión de alimentos se realice con los fondos de la AFP?
Los requisitos para el pago de la deuda a través de esta vía son:
- Se adeude total o parcialmente tres mensualidades continuas o discontinuas de pensión de alimentos
- Que la persona alimentante deudora no mantenga fondos en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario (APV) y/o instrumentos financieros o de inversión; o, en el caso de tener fondos, que éstos no sean suficientes para el pago total de la deuda.
- Se solicite el pago con los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria (fondos de AFP).
7- ¿Hay algún sitio web para hacer la solicitud de pago con fondos previsionales?
La solicitud de pago debe hacerse ante el Tribunal de Familia.
8- ¿Existe un límite para el pago de la deuda de pensión de alimentos con los fondos de la AFP?
- Si la persona deudora se encuentra a 15 años o menos de cumplir la edad legal para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder el 50% de los fondos acumulados en su cuenta.
- Si la persona deudora se encuentra a más de 15 años y menos de 30 años de cumplir la edad legal para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder más del 80% de los fondos acumulados en su cuenta.
- Si la persona deudora se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad para jubilar, el pago que se realice no podrá exceder más de un 90% de los fondos acumulados en su cuenta.
9- ¿Cuál es el plazo que tiene la entidad bancaria y/o financiera para transferir los fondos desde el patrimonio de la persona deudora a la cuenta de la persona alimentaria?
Una vez notificada la resolución de pago, la respectiva entidad bancaria y/o financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el Tribunal.
10- ¿Qué pasa si hay más hijos a los que se debe alimentos?
Una vez presentada la solicitud para que la deuda de alimentos se pague con los fondos previsionales, el Tribunal revisará mediante el sistema de interconexión si existen otras personas alimentarias (hijos e hijas), respecto de la misma persona alimentante (padre madre deudora). Si esto ocurre, la solicitud de pago será conocida conjuntamente y en un solo proceso. Para el pago de la deuda, el tribunal prorrateará los fondos de la persona deudora entre cada una de las deudas de alimentos.
11- ¿Cómo se relaciona la Ley sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos con el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?
Tanto la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensión de Alimentos como la Ley que establece el Registro Nacional de Deudores persiguen lograr el pago de las pensiones de alimentos en Chile. El Registro Nacional de Deudores crea incentivos para el pago de deudas a través de sanciones a la morosidad mientras que la Ley de Responsabilidad Parental establece un mecanismo de pago efectivo de las pensiones de alimentos adeudadas.
12- Si una persona está en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, ¿se pueden pedir sus fondos directamente a la AFP?
El representante legal de los menores a quienes se adeudan alimentos debe solicitar la retención de los fondos al tribunal, no basta con que el deudor esté en el Registro. El tribunal primero verificará si hay fondos en cuentas bancarias, inversiones financieras o ahorro voluntario. Sólo si no los hay, ordenará el pago con los fondos en la cuenta obligatoria de la AFP.



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