Devolución de Fondos Técnico Extranjero – Tu Guía Vital

Devolución de Fondos Técnico Extranjero

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Muchos extranjeros vienen a Chile para trabajar por un tiempo específico y luego retornan a su país de origen. Mientras están trabajando en Chile, deben cotizar el 10% de su remuneración imponible para el pago de cotizaciones de manera de ahorrar para su futura pensión y quedar cubiertos por el sistema previsional chileno.

En este contexto, es probable que te preguntes si tienes derecho a retirar tus fondos de la AFP. Lo cierto es que existe la Ley N°18.156, que permite solicitar la devolución de fondos sobre la base de ciertos requisitos.

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¿Quiénes no tienen la obligación de cotizar en virtud de la Ley 18.156?

  • Quienes estén afiliados a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile, que les otorgue prestaciones en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Pensionados en algún régimen de previsión o seguridad social extranjero que acrediten esta condición con documentos.
  • Quienes hayan manifestado en el contrato de trabajo la voluntad de mantener la afiliación a su país de origen.
  • Quienes cumplan con los requisitos antes mencionados y tengan título técnico o profesional.

¿Qué ocurre si la devolución de fondos como Técnico Extranjero es rechazada?

Si tras la revisión de los documentos la solicitud es rechazada, tienes dos alternativas:

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¿Si no estoy en Chile, alguien más puede hacer el trámite por mí?

En el caso de que no estés en Chile, el trámite podrá realizarlo un tercero mediante poder notarial, validado y legalizado por el consulado de tu país en Chile y por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El poder, además, debe tener facultades para tramitar, retirar, cobrar y percibir los fondos previsionales según la Ley N°18.156, y no podrá exceder los 6 meses de antigüedad contados desde la fecha de la firma.

¿Cuántas veces puedo solicitar la devolución de mis fondos?

Según lo establecido en la Ley N°18.156, la solicitud de devolución de fondos se podrá realizar solo una vez. Esto significa que si realizas la solicitud, es aprobada, y después vuelves a Chile y cotizas con el mismo empleador, ya no podrás solicitar de nuevo la devolución.

Los ahorros permanecerán en tu cuenta de capitalización obligatoria y podrás hacer uso de ellos cuando cumplas la edad legal para pensionarte en Chile.

¿Cumples con los requisitos?

Solícita tu devolución aquí


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